Datos de contacto

T 91 595 15 00

mediacoam@coam.org

C/ Hortaleza 63, 1ª planta.
28004 – Madrid

25/03/2019

CONVOCATORIA ESPECIALISTAS EN MEDIACIÓN

El COAM abre la convocatoria para la formación de la Lista de Arquitectos Expertos en Mediación 2019, que servirá para atender las solicitudes de designación de mediadores.


Requisitos para formar parte de la Lista

El solicitante debe acreditar que cuenta con la formación específica necesaria para ejercer la Mediación de conformidad con la legislación nacional y/o autonómica en materia de mediación, vigente en el momento de la incorporación, en la/s materia/s concreta/s de actuación.

 
Plazos

Los colegiados interesados en formar parte de esta lista o ser incorporados a la misma podrán presentar la correspondiente solicitud hasta el próximo 22 de abril de 2019.


Documentación

Convocatoria Arquitectos especialistas en Mediación 2019

Podrá solicitar a MediaCOAM la designación de un mediador presentando el modelo de solicitud correspondiente mediante registro de entrada, a través de Secretaría General COAM, por alguno de los siguientes medios:

  • Por correo dirigido a:

 
MediaCOAM
c/Hortaleza, 63
28004 Madrid
 

  • En mano en el Registro del COAM (C/ Hortaleza nº 63, planta 1ª).

 

  • Correo electrónico dirigido a secretariageneral@coam.org con el asunto “Solicitud designación MediaCOAM”. En este caso se adjuntará el documento de solicitud firmado electrónicamente.

 
Modelo para solicitud de mediador

En Europa el espaldarazo a la mediación se puede encontrar en la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa de 1998, por la cual se recomienda a los estados miembros la implantación de este método alternativo de resolución de conflictos colaborativa y amistosa que intenta garantizar las futuras relaciones personales entre padres e hijos en los conflictos familiares.

El número de mediaciones en Europa, en promedio, suponen menos del uno por ciento de todos los casos de conflicto en la Unión Europea. Sin embargo los estudios demuestran el ahorro en costes y en tiempo que tiene un proceso de mediación frente a un proceso judicial.

Actualmente en Italia se ha optado por una mediación obligatoria como condición previa al juicio en determinados tipos de litigios, y existe en este país una alta incidencia de la mediación que ha generado resultados positivos. Es el único país de la UE con más de 200.000 mediaciones por año.

Otros países, como el Reino Unido, han probado su imposición para disputas por debajo de un determinado valor monetario; y otros, como Francia, han optado por la obligación de la mediación sólo en determinadas áreas.

La mediación lleva años intentando implantarse en España, pero es ahora cuando está empezando a considerarse por parte de las Administraciones Públicas, y por parte de los jueces que ya consideran positiva esta vía alternativa de resolución de conflictos.

Por ejemplo, recientemente, las Administraciones Públicas, preocupadas por la situación del sobreendeudamiento de los particulares, han puesto a disposición de los ciudadanos la llamada “mediación hipotecaria”, como procedimiento extrajudicial para evitar la ejecución hipotecaria, aminorar el sobreendeudamiento hipotecario y salvaguardar la vivienda principal de los mismos.

El COAM mantiene una labor de desarrollo de actividad conjunta y acuerdos con otras instituciones con la finalidad de apoyar y promover la mediación. Hasta la fecha se han firmado los siguientes convenios:

– Convenio marco COAM / Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid
– Convenio marco COAM / Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

– Convenio marco COAM / Instituto de Censores jurados de Cuentas de España

Una ventaja importante de la mediación es que no hay vencedores y vencidos, como suele ser habitual en un proceso judicial convencional, la mediación es una alternativa para resolver conflictos que asegura un resultado satisfactorio para todas las partes mediadas, ya que son ellas las implicadas en conseguir alcanzar un acuerdo que resulte favorable para cada una. Este acuerdo es siempre una solución personalizada y duradera.

Otras ventajas inmediatas de la mediación es la rapidez en la resolución del conflicto, frente a los plazos de los procesos judiciales, la economía, procesos mucho más económicos, por acortar plazos y requerir menos agentes. Además, hay que resaltar la igualdad de oportunidades y la equidad que encuentran las partes, para hacer valer sus opiniones, sin que haya coacciones, amenazas, o imposiciones.

Otro aspecto muy interesante de la mediación es la confidencialidad obligada, tanto a los mediadores como a las partes mediadas, que evita publicidad del conflicto, muy recomendable para organizaciones que no quieran publicidad negativa.

TASAS DE SOLICITUD, ADMINISTRACIÓN Y HONORARIOS DE LOS MEDIADORES.

EJERCICIO 2016
TASA DE SOLICITUD/ADMISIÓN: 100 € (por la gestión de la solicitud hacia la otra parte)
TASAS DE ADMINISTRACIÓN (se devenga cuando ambas partes aceptan la mediación)

Tarifas Mediación

Introduzca su usuario y clave de colegiado COAM para descargar los documentos:


– Modelo Acta Sesión Informativa

– Modelo Acta Inicio

– Modelo Acta Final

– Modelo acuerdo confidencialidad terceros

 

Datos de contacto

T 91 595 15 00

mediacoam@coam.org

C/ Hortaleza 63, 1ª planta.
28004 – Madrid