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Antecedentes

El desarrollo de la mediación en España es reciente, si la comparamos con países como EEUU, Canadá o Gran Bretaña.

El origen de la mediación se sitúa en EEUU en los años 70, coincidiendo con la proliferación de las separaciones matrimoniales que hizo de la mediación el método más exitoso de resolución del conflicto familiar generado por la separación de los progenitores; este éxito se extendió rápidamente a Canadá país donde se instauro la mediación familiar a comienzos de los 80.

En Europa el espaldarazo a la mediación se puede encontrar en la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa de 1998, por la cual se recomienda a los estados miembros la implantación de este método alternativo de resolución de conflictos colaborativa y amistosa que intenta garantizar las futuras relaciones personales entre padres e hijos en los conflictos familiares.

El número de mediaciones en Europa, en promedio, suponen menos del uno por ciento de todos los casos de conflicto en la Unión Europea. Sin embargo los estudios demuestran el ahorro en costes y en tiempo que tiene un proceso de mediación frente a un proceso judicial.

Actualmente en Italia se ha optado por una mediación obligatoria como condición previa al juicio en determinados tipos de litigios, y existe en este país una alta incidencia de la mediación que ha generado resultados positivos. Es el único país de la UE con más de 200.000 mediaciones por año.

Otros países, como el Reino Unido, han probado su imposición para disputas por debajo de un determinado valor monetario; y otros, como Francia, han optado por la obligación de la mediación sólo en determinadas áreas.

La mediación lleva años intentando implantarse en España, pero es ahora cuando está empezando a considerarse por parte de las Administraciones Públicas, y por parte de los jueces que ya consideran positiva esta vía alternativa de resolución de conflictos.

Por ejemplo, recientemente, las Administraciones Públicas, preocupadas por la situación del sobreendeudamiento de los particulares, han puesto a disposición de los ciudadanos la llamada “mediación hipotecaria”, como procedimiento extrajudicial para evitar la ejecución hipotecaria, aminorar el sobreendeudamiento hipotecario y salvaguardar la vivienda principal de los mismos.
COAM


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